THGM: El denominado “Servicio
Militar Obligatorio” queda declarado en y
por La Nueva Ley
que es el THGM como ABOLIDO, PROHIBIDO e
ILÍCITO.
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La Nueva Ley
que es el THGM dice que aquello a lo que actualmente se le denomina o
se le conoce genéricamente como “Servicio Militar Obligatorio”, y/o similar
o afín, y/o e indistinto de la denominación o del nombre que en preciso tenga el
Criminal ‘Servicio’ que en el presente Punto se alude, queda declarado en y
por La Nueva Ley
que es el THGM, y desde a partir de como máximo la fecha de ya mismo, y en todo
lo extenso del Planeta Tierra, como
ABOLIDO, PROHIBIDO e ILÍCITO.
Y en consonancia
con lo precitado, ningún Individuo ni Ley alguna, ni absolutamente nadie ni nada, puede obligar a Individuo alguno a que ponga un instante
de su vida siquiera al servicio de Fuerza
Armada o de Entidad Armada alguna; y en consonancia también con lo precitado, La Nueva Ley que es el THGM
dice a todos y cada uno de Aquellos Individuos que La Ley Caduca les obligue
a prestar aquello que actualmente se le denomina o se le conoce genéricamente
como “Servicio Militar Obligatorio”, y/o similar o afín, y/o e indistinto de
la denominación o del nombre que en preciso tenga el Criminal ‘Servicio’ que en el
presente Punto se alude, que han de negarse en calidad de “Obligatorio”, pero pueden
aceptarlo en calidad de “Voluntario”, más, y en este último caso, habrán de
afrontar, entonces, las penalidades que en La Nueva
Ley que es el THGM
corresponden a quienes incurren en Delito o Crimen Grave.
Ahora,
y a quienes se nieguen a prestar el Criminal ‘Servicio’ “Obligatorio” que en el presente
Punto se alude, los Militares de turno, y amparados en La Ley Caduca , lo que van a hacer es
ponerlos presos o en cárcel por un tiempo, aunque también pueden, y
‘divinamente’ también pueden, insultarlos, humillarlos, ultrajarlos, patearlos, putearlos, torturarlos
y hasta masacrarlos en Ejecuciones Extrajudiciales, esto lo cual es ilegal
hasta en lo preestablecido en el texto o en la letra de la misma Ley Caduca, pero es que
una cosa es lo preestablecido en el texto o en la letra de la misma Ley Caduca y
otra cosa distinta, y bien distinta, es lo que acontece en la realidad de la misma Ley
Caduca.
Nada
de raro o de extraño tampoco tiene que los Militares de turno insulten,
humillen, ultrajen, pateen, puteen, torturen, masacren, y perpetren
o consumen Ejecuciones Extrajudiciales, cuando bien cierto y
recierto si es que los Militares, como Entidad, llevan siglos y siglos y siglos y más
siglos en ello; y nada de raro o de extraño tampoco tiene que las supuestas
Autoridades preestablecidas en el texto o en la letra de la misma Ley
Caduca para prevenir, impedir y/o castigar a los infractores del texto o de la
letra de la misma Ley Caduca se pongan de lado de los Criminales Militares de
turno o en turno que insultan, humillan, ultrajan, patean,
putean, torturan, masacran, y perpetran
o consuman Ejecuciones
Extrajudiciales, o que, en todo caso, violan y hasta reviolan lo
preestablecido en el texto o la letra de la misma Ley Caduca.
